Alimentación saludable. Un enfoque basado en los derechos humanos.
Serie Derechos Humanos y Salud. Número 8. 2021, 29 p.
Washington DC.: OPS & OMS.
Organización Panamericana de la Salud (OPS) y Organización Mundial de la Salud (OMS).
Yon Leider Restrepo Monsalve
Autor
1 Filólogo hispanista, editor literario, diagramador editorial independiente y promotor de lectura.
Correo electrónico: yon.restrepo@udea.edu.co
Orcid: https://orcid.org/0000-0001-6976-2191
Cómo citar:
Restrepo, Y. L. (2021). Reseña del libro "Alimentación saludable. Un enfoque basado en los derechos humanos"
[Reseña del libro Alimentación saludable. Un enfoque basado en los derechos humanos. Serie Derechos Humanos y Salud Número 8. de OPS & OMS. Revista Internacional de Cooperación y Desarrollo. 9(1), 82-88
DOI: 10.21500/23825014.5997
Tipo de artículo: Reseña
Recibido: febrero de 2022
Revisado: abril de 2022
Aceptado: mayo de 2022
OPEN ACCESS
Resumen
Este número de la Serie Derechos Humanos y Salud presenta la situación de América Latina y el Caribe en materia de alimentación saludable, la cual aún tiene cifras que distan de las metas planteadas por los ODS que propenden por lograr el hambre cero en el planeta, pues para el año 2019, 47 millones de personas padecían hambre, una cifra que significó un incremento de trece millones de personas en los últimos cinco años, es decir entre 2014 y 2019. Por otro lado, “uno de cada tres habitantes de los países de América Latina y el Caribe no tenía acceso a alimentos en cantidad o calidad adecuadas por falta de recursos económicos o de otro tipo”, esto es ciento noventa millones de personas que padecieron inseguridad alimentaria “moderada o grave”. Así pues, uno de los objetivos de esta publicación es promover el conocimiento sobre los acuerdos y tratados internacionales, y presentar los mecanismos necesarios para garantizar el “derecho pleno a la salud” en los Estados parte. Para ello se pone en contexto la situación actual en la región de las américas, se mencionan todas las normas, protocolos, convenciones y tratados internacionales que se han pactado, y se hacen recomendaciones para que, como sociedad, seamos parte garante del cumplimiento de los derechos humanos. Cabe mencionar que se hace especial énfasis en la importancia de promover y proteger la lactancia materna como forma primordial de alimentación para la población infante, exclusiva durante los primeros seis meses de edad y complementada hasta los dos años como mínimo.
Palabras clave: alimentación saludable; derechos humanos; Organización Panamericana de la Salud; Organización Mundial de la Salud; región de las américas.
Abstract
This issue of the Human Rights and Health Series presents the situation of Latin America and the Caribbean in terms of healthy eating, which still has figures that are far from the goals set by the SDGs, which aim to achieve zero hunger on the planet, since by 2019, 47 million people were suffering from hunger, a figure that meant an increase of thirteen million people in the last five years, i.e. between 2014 and 2019. On the other hand, “one out of every three inhabitants of Latin American countries and the Caribbean did not have access to food in adequate quantity or quality due to lack of economic or other resources.” That is 190 million people, who suffered from “moderate or severe” food insecurity. Thus, one of the objectives of this publication is to promote awareness of international agreements and treaties, and to present the mechanisms needed to guarantee the “full right to health” in the States parties. To this end, the current situation in the region of the Americas is put into context, all the international norms, protocols, conventions, and treaties, which have been agreed upon, are mentioned, and recommendations are made so that, as a society, we can be part of the guarantors of the fulfillment of human rights. It is worth mentioning that special emphasis is placed on the importance of promoting and protecting breastfeeding as the primary form of nutrition for the infant population, exclusively during the first six months of life and complemented until, at least, two years of age.
Keyword: Healthy Nutrition; Human Rights; Pan American Health Organization; World Health Organization; Region of the Americas.
Introducción
Alimentación saludable. Un enfoque basado en los derechos humanos es el documento número de 8 de la Serie Derechos Humanos y Salud publicación realizada por la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la Organización Mundial de la Salud (OMS), publicada en diciembre de 2021 en su repositorio institucional y que tiene como propósito presentar los “instrumentos internacionales y regionales de derechos humanos y los sistemas de protección de esos derechos instaurados por las Naciones Unidas y el Sistema Interamericano de Derechos Humanos” así como las medidas adoptadas para que se hagan efectivos, en cuánto al derecho a la alimentación saludable y a la salud para el caso que ocupa este capítulo.
La Serie se compone de ocho publicaciones que se relacionan entre sí, y que como publicación forman parte de “una iniciativa del Asesor Jurídico de la OPS encaminada a reconocer la importancia de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y otros tratados fundamentales para garantizar el derecho pleno a la salud” (M. Pinzón Diedrichs, comunicación personal, 8 de febrero de 2022).
En este capítulo se abordan los aspectos jurídicos de los derechos humanos, así como el análisis contextual de la situación que atraviesa la región de las américas, con las repercusiones de la actual pandemia de la COVID-19 –que ha agravado el hambre y dificultado el acceso equitativo a los alimentos, alejando más de su òsible cumplimiento la meta global de hambre cero–. Los capítulos abordan las siguientes temáticas: etnicidad, salud mental, personas con discapacidad, migración, personas mayores, tabaco, medio ambiente y cambio climático, y alimentación saludable.
Alimentación saludable. Un enfoque basado en los derechos humanos, aborda la situación de seguridad alimentaria y nutricional en América Latina y el Caribe, y las metas propuestas desde la ONU, el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos y desde los ODS (Objetivos de Desarrollo Sostenible), resaltando que una de las características halladas en la región es la malnutrición, pues 1 de cada 5 territorios se encuentra rezagado en este tema, principalmente en las regiones rurales, y han sido las mujeres y los niños los más afectados, con agravantes que se acentuaron con la pandemia de la COVID-19. A pesar de ello y uno de los aspectos relevantes de esta publicación, es la presentación de iniciativas que han tenido éxito y que son de carácter multidimensional, las cuales han logrado una garantía de acceso a alimentos saludables, tanto desde el aspecto físico (adquisición) y económico (capacidad de compra por parte del consumidor final). Esto es quizás uno de los aspectos más relevantes de esta publicación y que se insta a los gobiernos del mundo a realizar acciones similares, y combatir, pese a la pandemia, todas las dificultades que afrontan las sociedades en materia de alimentación saludable, lo cual repercute directamente en la salud pública.
Las iniciativas que logran tener éxito en la materia son aquellas diseñadas en conjunto con actores pertinentes que atienden las particularidades de cada territorio, situación que incrementa la repercusión sobre el bienestar de la población (OPS, s.p, 2021). Estas experiencias fungen como recomendaciones para que los Estados parte puedan implementar acciones similares en cada país y territorio, y de esta manera garantizar el derecho a la alimentación saludable, lo que en el mediano y largo plazo se traduce en una reducción de las muertes en edad temprana y de las muertes asociadas a enfermedades no transmisibles. Del mismo modo es necesario resaltar que, garantizar el derecho a la alimentación saludable va de la mano con el derecho a la salud y a la vida. El caso de América Latina y El Caribe es característico, pues la región ha “consolidado su posición en un escenario internacional caracterizado por el estancamiento, y a veces la crisis, de las economías más industrializadas y el auge de los países emergentes” (Tassara, 2018, p. 139).
La urgencia de realizar acciones es esta materia viene dada de una situación económica que ha venido afectado a los países de américa latina, y es la reducción de sus ingresos per cápita a partir de los años 2012 y 2013 (Tassara, 2018), lo cual tiene que ver con los cambios en la economía global, la disminución del costo de materias primas y la entrada en juego de los países asiáticos como socios comerciales de europa y la misma asia.
Casi la tercera parte de la población latinoamericana (30,1%) se encuentra en la pobreza y la indigencia tiene un peso mayor (15,9%) que la pobreza moderada (14,2%). Finalmente, solo dos países lograron reducir la pobreza por debajo del 10% (Uruguay con el 8,1% y Chile con el 9,9%), mientras que en cuatro países la misma supera el 40% de la población total (El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua)”. (Tassara, 2018, p. 145).
La publicación que se reseña aquí está dividida en tres bloques temáticos: el primero aborda la situación sobre la seguridad alimentaria y nutricional en América y el Caribe; el segundo aborda los aspectos jurídicos internacionales asociados a la protección del derecho a la alimentación y del derecho a la salud. En este apartado se relacionan los diferentes organismos que se han creado desde la ONU para hacer seguimiento y verificar el cumplimiento de los Estados parte en los compromisos internacionales, así como también las convenciones, tratados y protocolos que tienen relación directa con el derecho a la alimentación saludable; y en tercer lugar un apartado sobre cómo se deben aplicar las normas y cómo se puede hacer usos estratégico de los diferentes sistemas de protección de los derechos humanos, ya que la existencia de las normas, tratados y acuerdos no es en sí misma una garantía de cumplimiento por parte de los Estados parte.
A propósito de ello, cabe resaltar lo planteado por Rueda Fiorentino, (2019):
Los importantes avances en la concepción del desarrollo, característicos de los años noventa, convergen en la Cumbre del Milenio del año 2000 en el seno de la Asamblea General de las Naciones Unidas, con la aprobación de la Agenda Global de Desarrollo 2000-2015 (también conocida como Objetivos del Milenio u ODM). Esta intención se ratifica en el año 2015 con la aprobación de la Agenda 2030 y sus diecisiete Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Así, el proceso de evolución en la concepción del desarrollo y de la Cooperación Internacional para el Desarrollo (CID), es el resultado de un contexto cambiante en el que poco a poco se han ido reconociendo cuáles deben ser los objetivos frente a los cuales se requiere de la acción agrupada de los Estados, así como de la participación de otros actores como instituciones internacionales, empresa y sociedad en general. En este orden de ideas, el Neoliberalismo, resulta un enfoque teórico apropiado para analizar y explicar las dinámicas cada vez más interdependientes y complejas del sistema internacional. La lógica que persigue la cooperación internacional desde la perspectiva Neoliberal, es el reconocimiento de problemas que generan consecuencias globales (pobreza extrema, calentamiento global, desigualdad, seguridad, educación, entre otros), que no pueden ser abordados desde una perspectiva individualista o reduccionista por parte de los múltiples actores que conforman el Sistema Internacional (Rueda y Osorio, 2019, p.122). En el nuevo siglo, la superación de la pobreza se planteó como el objetivo principal de la CID; de igual manera, los Objetivos de Desarrollo del Milenio promulgaron el mismo propósito. Por su parte, los ODS, han conformado una agenda que integra nuevos asuntos como la desigualdad, la prosperidad, la paz, la seguridad, y la gobernanza; para Sanahuja (2018), estos objetivos “por primera vez dotan a las metas globales de un componente explícitamente político, que se sumaría, como elemento transversal, habilitante y transformador, a las tradicionales dimensiones social, ambiental y económica del desarrollo sostenible” (p. 28). (p. 181).
Situación de seguridad alimentaria y nutricional en América Latina y el Caribe
Para el año 2019, 47 millones de personas en América Latina y el Caribe padecían hambre, es decir, el 7,3% de la población que habita la región de las américas, lo cual quiere decir que en los últimos cinco años hubo un aumento de trece millones de personas que son catalogadas como “subalimentadas” Entre otras cosas, esto quiere decir que en ese año, más de ciento noventa millones de personas enfrentaron lo que se llama “inseguridad alimentaria moderada o grave”, es decir que, “uno de cada tres habitantes de los países de América Latina y el Caribe no tenía acceso a alimentos en cantidad o calidad adecuadas por falta de recursos económicos o de otro tipo” (OPS & OMS, 2021, p. 2). Esta situación se traduce en graves problemas de salud y de salud pública, lo cual ha llevado a malnutrición, sobrepeso y obesidad. Quizás parece irónico, pero el exceso de peso se configura como una de las consecuencias de la inseguridad alimentaria y de la malnutrición.
El sobrepeso infantil en la América Latina y el Caribe sigue aumentando; en el 2019 se situó en 7,5%, por encima del promedio mundial de 5,6%. De hecho, el sobrepeso y la obesidad han aumentado en todos los grupos de edad. En todos los países de la región, el sobrepeso en las mujeres es mayor que en los hombres y, en 19 países, la diferencia es al menos de 10 puntos porcentuales (OPS & OMS, 2021, p. 2).
Todo lo anterior genera un costo económico y social, ya que el 75% de las muertes causadas por enfermedades no transmisibles obedecen a la mala alimentación, “Sin embargo, como es sabido, los promedios nacionales ocultan frecuentemente situaciones aún más graves dentro de los países” (OPS & OMS, 2021, p. 2). Según el texto, se han hallado unos niveles de retraso en el crecimiento infantil de manera desproporcionada, principalmente en las zonas rurales donde predomina la informalidad, pobreza y niveles bajos de escolaridad, así como tasas de sobrepeso altas en menores de cinco años, principalmente en las zonas urbanas más pobres, aunque también en las zonas rurales. Estas cifras demuestran que el camino por recorrer para lograr la meta “hambre cero” es arduo, y más aún, para lograr que el derecho a la alimentación se cumpla a cabalidad, pues esto solo será posible cuando todos los hombres y mujeres “tengan seguridad alimentaria y estén libres de cualquier forma de malnutrición”. (OPS & OMS, 2021, pp. 2-3).
De acuerdo con la definición adoptada por el Comité de Seguridad Alimentaria Mundial, “existe seguridad alimentaria y nutricional cuando todas las personas tienen en todo momento acceso físico, social y económico a alimentos inocuos, cuyo consumo es suficiente en términos de cantidad y calidad para satisfacer sus necesidades y preferencias alimentarias, y se sustenta en un marco de saneamiento, servicios sanitarios y cuidados adecuados que les permiten llevar una vida activa y sana” (OPS & OMS, 2021, p. 2).
El panorama no es del todo desalentador, ya que hay experiencias de “éxito y multidimensionales que pueden reducir las distintas formas de malnutrición de la población en los lugares donde se presentan mayores desafíos”. Algunas medidas que se han tomado giran en torno a cuatro ejes: El primero, desde la cadena de producción: que ha llevado a la eliminación de pesticidas y a la promoción de la agrobiodiversidad o la “transición hacia modelos de producción agroecológicos”, que conllevan a mejor calidad, mayor disponibilidad y también sostenibilidad. El segundo, está relacionado con almacenaje y las prácticas que mejoren la preservación de los alimentos y la reducción de las pérdidas poscosecha. El tercero, relacionado con la comercialización, la mejora de las “condiciones de higiene en los mercados locales y la mejora en el acceso de agricultores familiares a mercados institucionales (compras públicas) que sirven a poblaciones vulnerables”. Y en cuarto lugar, los aspectos relacionados en cuánto al consumo, que tiene que ver con las políticas que deben promover la alimentación saludable regulando la “publicidad y el etiquetado de los productos procesados y ultraprocesados” (OPS & OMS, 2021, p. 3).
Todo lo anterior se viene dando gracias a la aprobación, en 2015, de la Agenda 2030, lo cual, como señalan Huitrón y Santander (2018):
Ha supuesto un hito dentro de los esfuerzos realizados por la comunidad internacional por promover el desarrollo. [...] aun existiendo razonables márgenes para la crítica, se trata de una agenda de desarrollo que ha logrado granjearse un considerable apoyo y consenso a escala global. Un rasgo en buena medida derivado del amplio proceso de participación con el que se conformó esta agenda, particularmente si se la compara con otras experiencias similares y anteriores. En segundo lugar, se destaca el carácter universal del que se le ha pretendido dotar, en el sentido de que la consecución de los ODS no solo convoca a los países en desarrollo –como fundamentalmente sucedía con los ODM–, sino que también interpela directamente a los países desarrollados, que se ven impelidos a incorporar esta agenda en sus propios marcos de acción política. Por último, cabe destacar que una lectura amplia de la Agenda 2030 -no solo centrada en los objetivos y metas contemplados por los ODS, sino en los principios en los que descansa- obliga a poner el foco de atención en la necesidad de transitar hacia otro modelo de desarrollo, capaz de compatibilizar la prosperidad material con la inclusión social a todos los niveles y con respeto al entorno natural (p. 3-4).
Así pues, los esfuerzos para lograr una alimentación saludable y un estado de hambre cero, se convierten no solo en un reto global, sino en una obligación y necesidad inminente de los Estados.
Sobre la protección de los instrumentos internacionales y regionales de Derechos Humanos y el ámbito jurídico
El segundo apartado de la publicación hace un énfasis interesante en los mecanismos existentes desde la ONU para que se garantice y se cumplan la obligación por parte de los Estados, de proteger y garantizar el derecho a la alimentación adecuada, pues además del reconocimiento de los derechos, se establecen obligaciones para los Estados parte,
como, por ejemplo, la obligación de protección para evitar que terceras personas violen los derechos fundamentales. Esto resulta central en el abordaje de este tema, ya que los Estados tienen la obligación de controlar y supervisar a todas las empresas que tienen impactos directos o indirectos en el derecho a una alimentación adecuada (OPS & OMS, 2021, p. 3).
Así pues, el acervo de normas, acuerdos, tratados, protocolos y observaciones, tienen un sustento jurídico que obliga a los Estados parte a adaptar sus programas de gobierno en aras de lograr el cumplimiento de las metas trazadas en ellos. Cabe resaltar en ello lo siguiente:
El derecho a una alimentación adecuada se ejerce cuando todo hombre, mujer, niño o niña, ya sea de forma individual o en común con otras personas, tiene acceso físico y económico, en todo momento, a la alimentación adecuada o a medios para obtenerla. El derecho a una alimentación adecuada no debe interpretarse, por consiguiente, en forma estrecha o restrictiva, asimilándolo a un conjunto de calorías, proteínas y otros elementos nutritivos concretos (OPS & OMS, 2021, p. 3).
Es por esta razón que en el cumplimiento del derecho a la alimentación intervienen otros derechos, como el de la salud o el del trabajo, así pues los Estados parte deben estar realizando revisiones constantes de sus políticas, planes, programas y de su misma legislación. Para dar garantía de lo anterior, desde la ONU se han creado mecanismos de monitoreo y control como el “Relator Especial sobre el derecho a la alimentación”; desde los tratados se han creado comités de expertos y expertas que se encargan de vigilar el cumplimiento de los acuerdos internacionales como por ejemplo la Comisión de los Derechos del Niño. Así mismo se encuentra la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, la cual por su parte ha señalado cuatro elementos fundamentales del derecho a la alimentación que son: disponibilidad (que se encuentren disponibles en mercados y comercios); accesibilidad (que estén al alcance económico de las personas sin que ello comprometa la satisfacción de otras necesidades básicas); adecuación (que satisfaga las necesidades de dieta de las personas, que sean seguros y libres de sustancias nocivas), y sostenibilidad (que se garantice alimento para las generaciones presentes y futuras). Finalmente, desde la OMS se han creado algunos organismos en función de la seguridad alimentaria que son: Programa Mundial de Alimentos (PMA), el Banco Mundial, la FAO, el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA). (OPS & OMS, 2021, p. 3).
Algunos de los instrumentos jurídicos señalados en la publicación son: Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966), Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966), Convención sobre los Derechos del Niño (1989), Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna (1981), Plan de Aplicación Integral sobre Nutrición Materna, del Lactante y del Niño Pequeño (2012), Observación general núm. 16 del Comité de los Derechos del Niño sobre las obligaciones del Estado en relación con el impacto del sector empresarial en los derechos del niño (2013), Plan de Acción Mundial para la Prevención y el Control de las Enfermedades No Transmisibles 2013-2020 (2013), Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 (2015), Convención Americana sobre Derechos Humanos (“Pacto de San José”, 1969), Plan de acción para la prevención de la obesidad en la niñez y la adolescencia (2014), Agenda de salud sostenible para las Américas 2018-2030: un llamado a la acción para la salud y el bienestar en la Región (2017), Plan de acción para eliminar los ácidos grasos trans de la producción industrial 2020-2025 (2020).
Lo anterior permite ver cómo se ha venido trabajando mancomunadamente por lograr que los derechos fundamentales a la vida se cumplan de manera íntegra, y así el derecho a la alimentación, que se ve contemplado desde todas las aristas. Cabe resaltar que uno de los aspectos más relevantes y en los que se hace mayor énfasis en la publicación, es con relación a la lactancia materna, la cual se debe promover sin escatimar recursos, ya que solo la lactancia materna puede prevenir de manera radical la muerte en edad temprana así como la prevención de enfermedades de los infantes. De ahí la importancia del Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna (1981), (OPS & OMS, 2021, p. 7) que regula la publicidad y comercialización de estos productos, que desde el punto de vista comercial, han tratado de vender la idea de que son mejores que la leche materna, lo cual es falso y obedece a estrategias comerciales que deben ser reguladas y vigiladas por los Estados.
Cómo se deben aplicar las normas
Finalmente, en el tercer apartado de la publicación, da luces sobre los mecanismos para que las normas y acuerdos internacionales sean aplicados en los Estados parte. Se hace énfasis en que el cumplimiento de las metas y el deber de acoger lo acordado en materia internacional, nos compete a toda la sociedad, “estas medidas deben involucrar a todos los segmentos de la sociedad: los distintos poderes del Estado, la sociedad civil, la academia, los medios de comunicación, el sector privado y la sociedad en su conjunto” (OPS & OMS, 2021, p. 18). Por su parte, los Estados deben hacer una gran tarea ya que son los encargados de implementar planes, programas y políticas, a través de los diferentes ministerios y órganos gubernamentales o estatales, y también se deben encargar de la regulación al sector privado, de ellos se ha derivado la regulación en cuanto al uso de grasas trans, azúcares y sodio en los procesos industriales de la cadena de alimentos, así como en la publicidad y etiquetado de productos. Del mismo modo a las instituciones de educación se les traslada la obligación de promover el consumo de alimentos saludables y de identificar en el etiquetado de los productos de consumo, los diferentes componentes nutricionales. Por otra parte está lo que corresponde al sistema judicial, pues desde las leyes, los sistemas de justicia se incentiva a que se incorpore en enfoque de derechos humanos y a qué se pueda “garantizar el acceso a la justicia para investigar, sancionar y reparar toda violación del derecho a una alimentación saludable” (OPS & OMS, 2021, p. 20).
La publicación termina con dos importantes anexos que son material de consulta de interés ciudadano, como de interés para los gobiernos, nacionales, locales y regionales: el primero es el Sistema de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que comprende los derechos, los pactos, convenciones y acuerdos internacionales, además de los artículos que tratan de los derechos allí acogidos. También se presenta un cuadro que resume a los países Estados Parte de la Región de las Américas, y los acuerdos de los que hacen parte o a los que están vinculados. El segundo anexo, presenta el Sistema Interamericano de protección de los Derechos Humanos, con las mismas categorías del anexo 1, solo que en este caso delimitado por el sistema interamericano y comprende algunas Declaraciones, Convenciones y Protocolos, material de importante consulta, tanto para la ciudadanía como para los gobiernos y sus funcionarios, pues aunque los tratados, acuerdos y normas, están escritas y firmadas por los Estados, pasar al cumplimiento de los mismos depende más que de voluntades políticas, de acciones concretas, tanto de los gobiernos como de la sociedad civil y la población en general.
Referencias
Huitron, A. & Santander, G. (2018). La Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible en América Latina y el Caribe: implicaciones, avances y desafíos [Editorial]. Revista Internacional de Cooperación y Desarrollo. 5(1). 3-11 Doi https://doi.org/10.21500/23825014.3591
OPS & OMS (2021). Alimentación saludable. Un enfoque basado en los derechos humanos. Serie Derechos Humanos y Salud. Número 8. Washington DC.: OPS & OMS. https://iris.paho.org/bitstream/handle/10665.2/55301/OPSLEGDHdhs8210001_spa.pdf?sequence=1&isAllowed=y
OPS (2021). Alimentación saludable. Un enfoque basado en los derechos humanos. Repositorio Institucional de la OPS. https://iris.paho.org/handle/10665.2/55301
Rueda Fiorentino, M. (2019). Cooperación Internacional para el Desarrollo y Estrategias Nacionales para el Cumplimiento de los ODS. Aproximaciones a los casos de Colombia y Chile. Revista Internacional de Cooperación y Desarrollo. 6(1). 179-195 DOI https://doi.org/10.21500/23825014.3770
Tassara, C. (2018). Desigualdad y vulnerabilidad social en la Agenda 2030: posibles escenarios para los países latinoamericanos de renta media. Revista Internacional de Cooperación y Desarrollo. 5(2). 128-156. Doi https://doi.org/10.21500/23825014.3918
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