Abstract
El CAPS, es un contrato administrativo y la forma de desmaterializar una verdadera relación laboral es en sede judicial con la aplicación de la tesis del principio de la primacía de la realidad, convirtiéndolo en un Contrato Realidad indemnizable. De hecho, en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, no se precisa el elemento subordinación y dependencia en la prestación personal del servicio por parte del contratista. En el presente escrito se realiza un barrido jurisprudencial desde los pronunciamientos de la Honorable Corte Constitucional durante el periodo 2003 a 2013, esto con el fin de identificar los diferentes contextos en torno al aludido contrato administrativo. En el presente trabajo se busca responder i) ¿Cuál es la línea Jurisprudencial Constitucional sostenida durante la última década respecto a los CAPS? y ii) ¿Es posible que la Administración Pública desde el Derecho Laboral realice una interpretación ficta del CAPS?, para esto se analizarán las diferentes
tesituras de la Honorable Corte Constitucional Colombiana en esta última década.